Web Science y Educación 2.0

12 Agosto, 2007, por Ismael Peña-López

Firma invitada: Ismael Peña-López
Profesor de Políticas Públicas para el Desarrollo e ICT4D
Universitat Oberta de Catalunya

Ismael investiga el impacto de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la sociedad, especialmente en aquellos colectivos más desfavorecidos, dando lugar a lo que se ha venido a llamar la brecha digital. Uno de los temas que le interesan es cómo la disponibilidad de contenidos y servicios digitales pueden actuar en contra o a favor del progreso de dichos colectivos.

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Cuando se habla del impacto de las TIC en la Educación, si la Educación se convertirá en algo llamado Educación 2.0 (léase: cómo afecta la Web 2.0 a la Educación) o si hay que promover el uso del ordenador en el aula o prohibir los teléfonos móviles en la misma, me asalta, una y otra vez, la misma duda: ¿estamos adoptando la aproximación correcta al tema?

Como tantas otras ideas, el concepto de Web Science (Ciencia de la Web) fue, seguramente, el fruto de un parto múltiple, simultáneo y con progenitores diversos. Sin embargo, en los últimos meses ha tomado nuevo impulso de la mano de Sir Tim Berners-Lee, inventor de la Web y responsable último de la iniciativa Web Science, cuyo objetivo es, precisamente, poner de manifiesto que la Web, Internet… la Sociedad de la Información es algo demasiado complejo como para estudiarlo desde las disciplinas académicas ya establecidas. Vamos a por un ejemplo.

Desde una aproximación tradicional, la Pedagogía tiende a ver las TIC como una segunda derivada: Al lector habitual de temas de Pedagogía le sonará el concepto de “el ordenador en el aula”, el impacto de este en el rendimiento académico. En el límite de esta aproximación tradicional podríamos hablar de la tecnología educativa o de la incorporación de las TIC en el diseño instruccional, pero no dejan de ser, en el fondo, distintas acepciones de nuestro mundo tal y como lo teníamos concebido hasta ahora.

Vamos hacia la aproximación de la Web Science. Supongamos que queremos explorar el fenómeno de los Nativos Digitales. Seguramente deberemos dar repaso a las neurociencias (o leer a Mark Prensky, que ya hizo el trabajo por nosotros), entender cómo funcionan determinadas tecnologías y el sentido de algunos conceptos (Web 2.0, usabilidad, relaciones tecnológicas entre cliente yu servidor, AJAX), determinadas implicaciones en el ámbito de la Sociología (redes sociales, identidad digital), de la Economía (difusión de la banda ancha, penetración de la telefonía móvil), cuestiones legales (cibercrimen, propiedad intelectual, spam), políticas (participación ciudadana, hacktivismo, e-democracia), cambios en el mundo del arte y la cultura (mashups, rip-mix-burn), en la comunicación (periodismo ciudadano), y por supuesto, eltema que nos ocupa, la Educación (e-portafolio, entornos personales de aprendizaje, aprendizaje a lo largo de la vida, e-learning, enseñanza basada en juegos), y un larguísimo etcétera.

En mi opinión, la aproximación tradicional para investigar el impacto de las TIC en el mundo de la Educación todavía es válida y por muchos años. Sin embargo, tengo la convicción que:

  1. Algunos aspectos de hoy (y, con más motivo, de mañana) únicamente pueden o podrán explicase a través de una perpectiva más amplia, multidisciplinar, holística, como la que ofrece (aunque sea, de momento, más teórica que práctica) la Web Science, como el ejemplo anterior sobre los Nativos Digitales
  2. Algunos otros aspectos, aunque perfectamente explicables aproximándonos a ellos desde una disciplina tradicional, requerirán, sí o sí, un “esfuerzo digital” que, de no llevarse a cabo, pondrán en seria duda la validez de las conclusiones que emerjan de dichas investigaciones. Aunque el cibercrimen sea, al fin y al cabo, una modalidad más del crimen, es absolutamente necesario comprender qué es un ISP o una IP, como funciona el marcado (digital) al agua o la certificación electrónica, o la diferencia técnica entre el phishing y el pharming. Por qué la e-Democracia o la e-Gobernanza serán “2.0” (y qué significa esto exactamente) o no serán. O por qué fenómenos como MySpace o YouTube tienen tanto que ver con la Educación… si no directamente, sí por qué la Pedagogía tiene que entender qué ha sucedido y porqué en estas plataformas para no estrellarse en las aulas.

Volvamos a la introducción de este artículo. ¿Qué es la Educación 2.0? ¿Es el impacto de la Web 2.0 en la Educación? ¿La introducción del blog en el aula? ¿Del wiki? ¿O es el uso de las herramientas de bookmarking social por parte del docente? A mi entender, Educación 2.0 es todo y nada de eso. Educación 2.0 es mirar a la Educación desde el prisma de la Web Science, no desde la Educación como la entendíamos hasta ahora, sino desde las necesidades cognitivas y de capacitación de los pobladores de la Sociedad de la Información. A lo mejor estamos hablando del conectivismo, pero es probable que se trate de algo más.

De estos temas — plataformas y herramientas 2.0, transformaciones de los diferentes usuarios del proceso de aprendizaje, cambios en el paradigma educativo — hablaremos en el IV Seminario Internacional de la Cátedra UNESCO de eLearning de la UOC el próximo 17, 18 y 19 de Octubre de 2007. Os esperamos allí a todos para seguir con la conversación.

 

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Todos somos Virginia Tech

18 Abril, 2007, por

Es la frase más repetida en las últimas horas en el sector educativo norteamericano. La triste noticia de la matanza provocada por un estudiante asiático en la universidad de Virginia Tech ha provocado reacciones a lo largo y ancho del país: desde autoridades gubernamentales y universitarias hasta familiares y amigos pasando por las incontables respuestas aparecidas en tan poco tiempo en la Red. Hoy vamos a hablar de esto último, dado que la reacción en la Red está siendo abrumadora, merece la pena decicarle un post al tema. Antes de ello, es inevitable descargar esa opinión subjetiva que todos llevamos dentro, así que tendrán que perdonarme por el abuso del medio para expresar una opinión personal.

Entiendo que el derecho a tener un arma de fuego es un derecho fundamental recogido por la Constitución de los Estados Unidos, y que, por tanto, la conveniencia o no de ese derecho es un debate muy difícil. Nunca ha sido sencillo poner en tela de juicio parte de una Constitución, con todas las dudas, las polémicas y las manifestaciones de uno y otro lado que se derivan de este tipo de discusones. Lo que no entiendo es por qué, ante la dificultad de echar mano al motivo que se presenta como de mayor evidencia cada vez que algún adolescente armado pierde la cabeza en EE.UU., se acaba arremetiendo siempre contra otros posibles motivos que a poco que se analicen caen por su propio peso.

Me refiero a la continua acusación que se hace a los videojuegos violentos cada vez que ocurre una desgracia. En España los adolescentes también pasan muchas horas jugando a Grand Theft Auto, y ninguno de ellos se hace con un arma y dispara contra sus compañeros de clase. Sencillamente, porque en España no es fácil conseguir un arma. Recuerdo que cuando José Rabadán asesinó a su familia con una katana en Murcia se habló largo y tendido de la conveniencia de productos para adolescentes como Final Fantasy, pero el debate no duró demasiado tiempo, porque como era de esperar no se encontraron argumentos que justificaran el asesinato a través de un videojuego. Finalmente, recuerdo también las palabras de un buen amigo mío sobre los videojuegos violentos: “menos mal que existe Grand Theft Auto, si no pudiera liarme a puñetazos en este videojuego cuando algo me enfada correría el riesgo de querer intentarlo en la vida real”. Ahí queda eso, de nuevo disculpen por el abuso del espacio.

Disertaciones morales aparte, es hora de volver al asunto principal de este post. Resulta conmovedor comprobar la ola de reacciones que la matanza ha provocado en la Red. A pesar de que no es la primera vez que una desgracia provoca un verdadero aluvión de movimientos en la Red (recuerden que en el caso de Katrina se encontraron víctimas gracias al testimonio de algunos bloggers, o los vídeos grabados con móviles durante los atentados en el metro de Londres en aquel 7J), sigue resultando conmovedor ver cómo una gran masa de usuarios se organiza a través de la Red para expresar sus opiniones y condolencias.

Por ejemplo, si entramos en Flickr y buscamos el tag “virginiatech“, comprobaremos que hay una cantidad ingente de fotografías de muy diverso tiempo sobre la matanza. La mayoría de ellas ha sido publicada por alumnos de la universidad que han vivido de cerca la noticia.

Collegiate Times, la publicación digital universitaria de Virginia Tech, está completamente volcado con la noticia estos días. Resulta una buena fuente de información, en la medida en que han dedicado todos sus esfuerzos en recoger reacciones a la tragedia. A través de ella hemos podido saber que en Facebook (una comunidad virtual de universitarios, pronto les hablaré de su equivalente español) se ha registrado una cantidad ingente de reacciones. Hay más de 300 grupos sobre Virginia Tech. Uno de ellos, que pide un momento de silencio para las víctimas, cuenta ya con más de 8.000 usuarios. Entre decenas de testimonios de estudiantes que estuvieron allí, encontramos también algún grupo dedicado a lanzar un mensaje positivo: “estamos bien en VT”.

La rapidez con la que han aparecido blogs en memoria de las víctimas es apabullante. Uno de ellos se ha llevado la palma mediática (OneDayBlogSilence), al tiempo que algún que otro diario donde su autor recogía las impresiones vividas durante la matanza ha estado a punto de morir de éxito (por culpa del conocido efecto slashdot).

Mención especial merece el profundo seguimiento de la dimensión tecnológica y social de la matanza que ha realizado la prestigiosa revista Wired: en su versión digital no se les ha escapado ningún detalle. Hablan de cómo el asesino había anunciado la matanza en un sitio web de Virginia Tech, de cómo se han creado comunidades sobre VT en myspace, de cómo diferentes dominios relacionados con el nombre de Virginia Tech ya están en venta en eBay, etc.

Finalmente, queda recordar el papel que los repositorios de vídeo como Youtube han jugado en esta movilización social. Según cuenta hoy el diario El Mundo, la búsqueda “Virginia Tech Shooting” en Youtube arroja 777 resultados en este preciso instante. En la lista hay de todo: desde grabaciones caseras hasta cortes de televisión pasando por reacciones en vídeo a la matanza…

Definitivamente Virginia Tech somos todos, pero también es cierto que eso es lo que se dice siempre que hay un asesinato de determinada proyección social. Se lleva diciendo desde los peores tiempos de ETA, cuando Internet no tenía un papel relevante en las manifestaciones sociales. Ahora que la Red es el gran vehículo de nuestros mensajes, Virginia Tech somos todos. Potencial y realmente.

Actualización:

José Luis Orihuela publica en eCuaderno una útil selección de enlaces sobre la cobertura de Virginia Tech en medios sociales. De visita obligada.

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A vueltas con las leyes de propiedad intelectual (II)

3 Abril, 2007, por Raquel Xalabarder Plantada

Firma invitada: Raquel Xalabarder Plantada
Profesora de los Estudios de Derecho
Universitat Oberta de Catalunya

Raquel Xalabarder Plantada es Doctora en Derecho por la UB con la tesis “La protección internacional de la obra audiovisual” (1997) y obtuvo un Master of Laws de la Columbia University Law School de Nueva York (1993). Desde 1997 es profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC.

Viene de A vueltas con las leyes de propiedad intelectual (I)

Y sin embargo, el debate social parece más preocupado por aceptar “excusas” de todo tipo para justificar una conducta claramente ilegal: las discográficas ya tienen suficiente dinero, sólo unos pocos autores consiguen un éxito comercial, las entidades de gestión no reparten debidamente el dinero que recogen por las licencias otorgadas… Todas ellas excusas que, si bien parecen haber tenido éxito para evitar cualquier tipo de remordimiento moral al conseguir gratuitamente contenidos ajenos por los que acostumbrábamos a pagar, no sirven para justificar jurídicamente su licitud: explotar la propiedad intelectual ajena sin el consentimiento de su titular y más allá de lo permitido por la ley constituye una infracción (que no necesariamente un delito, por más que hay quien se empeñe en ello).

Podemos y –como ciudadanos responsables- debemos preguntarnos si las disposiciones que actualmente recogen las leyes de propiedad intelectual son adecuadas para asegurar un “equilibrio” aceptable entre la protección de los intereses individuales (de autores y titulares) y la protección de intereses públicos, de la sociedad en general, tales como la libertad de expresión, la libertad de información, el acceso a la cultura y a la educación e investigación –para nombrar unos cuantos. Es aquí donde deberíamos centrar el debate social.

Es cierto que la actividad creativa no depende única y exclusivamente de la existencia de un régimen de protección de la propiedad intelectual. La creatividad es consustancial al hombre y muy anterior a la protección de la propiedad intelectual –de origen histórico reciente (podemos retroceder hasta el siglo XV). Sin embargo, la utilidad del régimen de propiedad intelectual para fomentar e incentivar la creación se ha demostrado a lo largo de estos siglos, adaptándose a las nuevas tecnologías y mercados existentes en cada momento.

El “problema” de la tecnología digital es, pues, más cultural que tecnológico o incluso jurídico. El régimen de la propiedad intelectual (por más imperfecto que sea) asegura al autor la compensación por su esfuerzo creativo y le asegura la independencia económica para seguir creando. Si como comunidad no aceptamos que la propiedad intelectual es un instrumento en beneficio de todos, no serán los autores, editores o productores quienes se empobrezcan, sino todos nosotros perderemos en riqueza cultural y diversidad de nuestra comunidad.

Por tanto, retomando las preguntas que planteaba Carlos: ¿Debemos primar la protección de los derechos de autor sobre la innovación tecnológica y sus repercusiones sociales? Definitivamente, no. Pero debemos encontrar la mejor manera (posiblemente, imperfecta, como toda ley) para asegurar que la innovación tecnológica y, muy especialmente, las repercusiones sociales, no van a primar sobre la compensación del esfuerzo creador.

¿Merece la pena plantear un profundo cambio de las leyes de propiedad intelectual?
Es necesaria una reforma, sí; pero no de forma precipitada como la anterior. En cuanto al grado de profundidad que debe alcanzar tal reforma, a mi entender, los pilares que sustentan el régimen de propiedad intelectual siguen siendo válidos en nuestro mundo actual, basta con ajustarlo al potencial aportado por la tecnología digital, asegurando el equilibrio entre intereses –públicos y privados- en conflicto. Ello no es tarea fácil ni se resolverá tan rápidamente como a todos nos gustaría.

La tecnología avanza con gran rapidez, la ley –como sistema regulador de nuestra convivencia estructurada entorno a unos principios o ideales que entendemos dignos de protección- no tanto.

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A vueltas con las leyes de propiedad intelectual (I)

2 Abril, 2007, por Raquel Xalabarder Plantada

Firma invitada: Raquel Xalabarder Plantada
Profesora de los Estudios de Derecho
Universitat Oberta de Catalunya

Raquel Xalabarder Plantada es Doctora en Derecho por la UB con la tesis “La protección internacional de la obra audiovisual” (1997) y obtuvo un Master of Laws de la Columbia University Law School de Nueva York (1993). Desde 1997 es profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC.

Hace unas semanas, hablábamos de YouTube y Carlos planteaba un par de preguntas: ¿Debemos primar la protección de los derechos de autor sobre la innovación tecnológica y sus repercusiones sociales? ¿Merece la pena plantear un profundo cambio de las leyes de propiedad intelectual?

Me ha parecido interesante retomar ambas preguntas, a raíz de la reciente noticia sobre el acuerdo alcanzado entre EMI y Bertelsmann (la compañía alemana que adquirió Napster en el 2000, cuando éste estaba en pleno proceso judicial por responsabilidad por infracción de la propiedad intelectual cometida por sus usuarios) según el cual EMI recibirá una compensación de 60 millones de dólares en concepto de daños causados por infracción de propiedad intelectual.

Ciertamente, de entre las muchas cuestiones que la tecnología digital ha planteado en relación con la protección de la propiedad intelectual, la que ha tenido más repercusión, tanto a nivel social como económico, ha sido el uso masivo de los sistemas de intercambio de ficheros (P2P).

leech_bittorrent.gif

Esquema de una red P2P: fuente Wikipedia.

La bondad del avance tecnológico que estos programas aportan a nuestra sociedad, para el intercambio de información y para la explotación “directa” de obras y demás productos intelectuales (saltándose los intermediarios “tradicionales”), es innegable. Lamentablemente, y de ahí su éxito comercial y social, estos programas P2P han sido (y siguen siendo) utilizados principalmente no tanto para difundir obras propias sino para explotar la propiedad intelectual ajena. Y si bien en términos generales, la ley de propiedad intelectual permite a todo ciudadano hacer lícitamente una copia privada –también digital- para su uso personal, lo que no le permite es difundir al público la obra ajena sin el previo consentimiento de su titular.

Desde el punto de vista jurídico, el problema se puede plantear en forma de triángulo: sociedad, titulares de derechos y desarrollo tecnológico. La ley, en este caso, de propiedad intelectual, debería ejercer de árbitro ecuánime; cosa que no siempre es fácil de conseguir.

Por una parte, ante el “peligro” que la tecnología digital suponía para sus intereses, los titulares de derechos actuaron apresuradamente (y las prisas no acostumbran a conducir a nada bueno) para asegurar su propiedad en el contexto digital. A resultas de ello, tenemos ahora unas leyes de propiedad intelectual que han reforzado (e incluso ampliado) el ámbito de exclusividad del autor, unas leyes que recogen medidas cuya bondad y eficiencia está por demostrar (como es el caso de la protección de las medidas tecnológicas) e incluso que pueden poner en peligro la propia subsistencia de los límites a favor del interés público (libertad de expresión, información, acceso a la cultura…) que reconoce la ley de propiedad intelectual.

Por otra parte, la industria tecnológica vive amenazada por la responsabilidad que les pudiera corresponder por las infracciones cometidas por sus usuarios. Afortunadamente, esta amenaza no ha limitado, por el momento, el desarrollo tecnológico, pero quizás el efecto más detestable (o cuanto menos, peligroso) generado por el reforzamiento de las leyes de propiedad intelectual será el haber propiciado que el control de contenido (obras) y continente (tecnología) acabe en las mismas manos, con el consiguiente resultado negativo para la libre competencia en el mercado y, en última instancia, para el consumidor. De hecho, basta con pensar en el “monopolio vertical” de Itunes (que controla la descarga de obras para ser utilizadas únicamente en sus aparatos) y en las primeras batallas a favor de la interoperabilidad (por ejemplo, en Francia y Noruega).

Además, las asociaciones de usuarios tanto a nivel nacional como internacional están trabajando duro para reencontrar el equilibrio perdido y asegurar que las leyes de propiedad intelectual garantizan el acceso público a las obras y que las medidas tecnológicas de protección no acaben limitando e incluso impidiendo la utilización libre de obras en supuestos concretos.

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Professor Lawrence Lessig, retratado por Jonan Basterra.

El respeto a la propiedad intelectual es uno de los pilares básicos de nuestra sociedad, y debemos mantenerlo también en contextos digitales, especialmente ahora que estos bienes son objeto de un mercado importante, tanto económicamente como culturalmente. Tal como explica el Prof. Lessig, la propiedad intelectual siempre ha consistido en otorgar un “control” sobre las obras, pero este control no debería ser absoluto. Este es precisamente el reto que ahora se nos plantea.

Continuará.

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Youtube y los problemas 2.0

8 Marzo, 2007, por

En cierto modo, uno de los servicios más populares (si no el más popular) de toda esta versión 2.0 de la Red es Youtube. Desde que Google se hiciera con la compañía que hacía sombra a su servicio de vídeos, por la nada desdeñable cifra de 1650 millones de dólares, varios son los debates que han surgido en torno al modelo de servicio que Youtube representa.

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La imagen ha sido tomada de Marketing.fm

El más destacable se deriva de la posiblidad que ofrece de que cualquier usuario pueda subir, siempre potencialmente, cualquier contenido a Youtube. De ahí surgen dos problemas, el primero de los cuales tiene que ver con la censura. Hace un par de días el gobierno de Turquía decidió bloquear el acceso a Youtube tras comprobar que alguien había subido un vídeo insultante a la figura del fundador de la Turquía moderna (algo que está considerado como un delito muy grave). Más allá del hecho de que el gobierno restauró el acceso al sitio en cuanto sus responsables aceptaron retirar el vídeo, y también del hecho de que resulta más bien fácil configurar un proxy para acceder a un sitio vetado, la realidad es que la censura está ahí y es un problema a considerar. Como lo es la censura a Blogger y Wikipedia en China.

El otro problema que le ha salido a Youtube tiene un alcance mucho más global, y desde luego no hay unas posiciones tan claras como en el caso anterior. Mientras la BBC decide colgar tres de sus canales de televisión en Youtube, hay quien obliga a la compañía a retirar los vídeos de los programas de televisión que algún usuario ha colgado para el disfrute del resto. Por ejemplo Telecinco, que acaba de obligar a Youtube a retirar el vídeo de la última emisión de Los Serrano. Es cierto que el vídeo revelaba detalles del desenlace de la teleserie antes de que fuera emitida, pero resulta curioso que las televisiones amenacen con tomar medidas legales si encuentran sus programas más valiosos en Youtube al tiempo que hacen uso de algunos de los vídeos más vistos en este mismo servicio para sus programas de zapping.

También hay quien quiere evitar este tipo de problemas a toda costa. Es el caso de Niklas Zennstrom y Janus Friis, fundadores de Joost. Como se suele decir en mi tierra, este par de cracks de los negocios digitales fueron cocineros antes que frailes: primero fundaron Kazaa, y de esa experiencia acabaron con los bolsillos llenos de dinero y el buzón de correo lleno de citaciones judiciales, y luego se inventaron Skype, un negocio con muchos menos problemas legales. Ahora están lanzando Joost, un servicio de televisión en Internet bajo demanda que, según anuncian, sólo servirá contenidos legales, a través de acuerdos con gigantes del mundo de la comunicación. Y parece que no les va nada mal, de momento han firmado un par de acuerdos muy rentables (con Viacom, por ejemplo).

Mientras tanto, a Youtube considera que los problemas surgidos a su alrededor son gajes del oficio, y se afana en seguir su escalada de negocio. En este caso lanzando una versión para móvil.

Como siempre, la cosa da para lanzar varias cuestiones al aire. Las que se me antojan más interesantes, sobre todo teniendo en cuenta la responsabilidad educadora que recae sobre la Universidad, es la siguiente: ¿debemos primar la protección de los derechos de autor sobre la innovación tecnológica y sus repercusiones sociales? ¿merece la pena plantear un profundo cambio de las leyes de propiedad intelectual? ¿es lícita la censura gubernamental en casos como el de Turquía?

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